La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de cuatro becas de colaboración profesional para proyectos específicos del COIE en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, para realizar las tareas de apoyo especificadas en dichos proyectos, en el Centro de Orientación, Información y Empleo (COIE):
1 Beca para el Proyecto de Autoorientación profesional con modalidad virtual
1 Beca para el Proyecto de Prácticas Profesionales en entornos virtuales
1 Beca para el Proyecto de Orientación y Asesoramiento al emprendimiento universitario
1 Beca para el Proyecto de Observatorio de Empleabilidad y Empleo
Las tareas a desempeñar en los siguientes proyectos se desarrollarán con sujeción a las siguientes bases:
PRIMERA.- CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS
1.1. Dotación económica y financiación.
Las becas tendrán una dotación de 1.000 € integros mensuales cada una.
Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que esté de alta y una vez deducidas las retenciones establecidas por la normativa vigente, previa certificación de la Dirección del COIE en la que se acredite el aprovechamiento y cumplimiento de las obligaciones del becario. Esta dotación en ningún caso tendrá carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica por la prestación de servicios al proyecto que la beca comporta.
1.2. Duración de las becas
La duración de las becas concedidas al amparo de la presente convocatoria, será de un año, y su plazo comenzará a contar desde la fecha de incorporación a la Unidad correspondiente, que se producirá necesariamente en los diez días siguientes al de la publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante, BICI) tras la resolución de la Comisión de Selección.
Podrá ser objeto de prórroga por otro plazo igual o inferior, previo informe favorable de la Dirección del COIE, condicionando dicha prórroga a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio económico correspondiente, así como a que la actividad del beneficiario de la beca siga siendo necesaria.
1.3. Centro de realización
El desempeño de las tareas se realizará en las dependencias del COIE sitas actualmente en la Calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid.
SEGUNDA.- FORMALIZACION DE SOLICITUDES
2.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BICI de la UNED de esta convocatoria.
2.2. Las solicitudes y la documentación que se señalan a continuación se presentarán obligatoriamente por vía telemática en la siguiente dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
2.3. El impreso de solicitud que se adjunta a esta convocatoria como anexo, está a disposición de los interesados en el siguiente enlace: http://coie-server.uned.es/ Será obligatorio que el solicitante indique un correo electrónico en el impreso a efectos de notificaciones.
2.4. El impreso, debidamente cumplimentado, deberá ir acompañado de los siguientes documentos en .pdf:
a) Fotocopia del DNI o NIE. Los ciudadanos de otros países presentarán fotocopia de los documentos que acrediten su nacionalidad y residencia en España.
b) Currículum Vitae en formato Din-A4.
c) Certificados acreditativos de todos los méritos incluidos en el CV, a efectos de ser tenidos en cuenta en el baremo de valoración.
d) Fotocopia cotejada del título oficial o, en su caso, del resguardo de abono de los derechos de expedición del mismo, y Certificación Académica Personal, en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas.
e) Breve Memoria, con una extensión máxima de dos páginas y debidamente firmada, explicando el interés por acceder a la beca solicitada.
2.5. Si la documentación aportada fuera incompleta o presentase errores subsanables, se requerirá al interesado en los siguientes 10 días a la finalización del plazo para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva, transcurrido el cual será excluido, previa resolución en los términos previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
En la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud, los solicitantes deberán cumplir los requisitos exigidos en las Bases reguladoras de la convocatoria:
a) Poseer la nacionalidad española, o extranjera con residencia en España.
b) Estar en posesión del Título oficial de Licenciatura o Graduado en Ciencias de la Educación, Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía, ADE, Sociología, Ciencias del Trabajo o haber abonado los derechos de expedición del mismo. Se podrán valorar también otras titulaciones universitarias afines siempre que la complementen con una sólida formación específica afín al contenido de la beca.
c) Tener formación complementaria y experiencia específica demostrable al contenido de la beca.
a. Beca “Autoorientación profesional con modalidad virtual”: formación y experiencia específica en orientación e inserción profesional en el entorno universitario, así como experiencia en la elaboración de recursos de orientación virtuales.
b. Beca “Prácticas Profesionales en entornos virtuales”: formación y experiencia en creación y dinamización de entornos virtuales de prácticas, tutorización y seguimiento de estudiantes en prácticas en línea, prospección empresarial en la red y community manager.
c. Beca “Orientación y asesoramiento para el emprendimiento universitario”: formación y experiencia en orientación y asesoramiento en emprendimiento universitario, experiencia en asesoramiento para la creación de empresas, conocimiento de circuitos comerciales y experiencia en prospección empresarial.
d. Beca “Observatorio de Empleabilidad y Empleo”: formación en técnicas de medición de la empleabilidad y tendencias del mercado laboral, experiencia en diseño de encuestas, análisis estadísticos, elaboración de informes técnicos, etc.
d) Conocer y tener experiencia en la metodología a distancia y plataformas elearning.
CUARTA.- EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS
4.1. La Comisión de Selección de los beneficiarios de las becas estará constituida por los siguientes miembros, o personas en quien deleguen:
Presidenta: Directora del COIE
Vocal: Técnico de orientación del COIE (área de prácticas y empleo)
Secretario: Técnico de orientación del COIE (área de orientación profesional)
4.2. Para la selección de los candidatos que opten a las becas, la Comisión tendrá en cuenta los siguientes méritos con sus correspondientes baremos:
a) Méritos académicos y técnicos, especialmente en el área de conocimiento objeto de la beca (hasta 10 puntos)
b) Formación específica en el área de conocimiento objeto de la beca (hasta 5 puntos)
c) Experiencia en acciones afines al contenido de la beca (hasta 5 puntos)
d) Experiencia formativa en educación a distancia (hasta 3 puntos)
e) Conocimientos de informática, valorándose el manejo de herramientas en Internet, plataformas virtuales de formación a distancia, creación y dinamización de espacios web en entornos colaborativos, edición de páginas web (hasta 5 puntos)
f) Conocimiento de idioma inglés (hasta 3 puntos)
4.3. A los aspirantes preseleccionados se les citará para la realización de una entrevista personal en la sede del COIE en Madrid o, en su caso, mediante videoconferencia en el Centro Asociado de su localidad de residencia, si no residen en la citada capital. La entrevista tendrá una valoración de hasta 10 puntos. Para la realización de la entrevista, los candidatos serán previamente citados por el COIE una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
4.4. La Comisión de Selección podrá dejar desierta la concesión de la beca, en el caso de que estime que ninguno de los candidatos obtiene la puntuación mínima, que determinará la propia Comisión.
4.5. Las renuncias o bajas que se produzcan entre los beneficiarios de nueva concesión podrán cubrirse conforme a una lista de reserva elaborada por la Comisión en el momento de la valoración de las solicitudes.
QUINTA.- RESOLUCIÓN
La resolución de la adjudicación de las becas se dictará en un plazo máximo de veinte días a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el BICI de la UNED y en la página web http://coie-server.uned.es/
SEXTA.- DERECHOS Y DEBERES DEL BENEFICIARIO DE LA BECA
6.1. Derechos
Con carácter general, los beneficiarios de estas becas tendrán los siguientes derechos:
Obtener del órgano convocante la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal del cometido asignado, realizando un seguimiento y evaluación permanentes de los progresos y competencias desarrolladas a lo largo del período de realización de la beca.
Percibir la dotación económica que corresponda a la beca en la forma establecida en la presente convocatoria y las normas de general aplicación, dictadas por la UNED.
Disfrutar 22 días hábiles de vacaciones por año completo de prestación o la parte proporcional que corresponda, en función de las necesidades del servicio y una parte de las mismas deberá coincidir, necesariamente, con el periodo de cese de actividad decretado por la Universidad durante el mes de agosto.
Inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en la legislación vigente.
Al finalizar el período de disfrute de la beca, la Dirección del COIE extenderá un certificado en el que se acreditarán los conocimientos y competencias adquiridas.
6.2. Deberes
El disfrute de la beca por parte del beneficiario implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la Universidad determine en el ámbito de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su prestación.
Además, con carácter específico, implicará los siguientes deberes:
Cumplir los requisitos fijados en esta convocatoria y la obligación de desempeñar sus tareas con diligencia bajo la supervisión del equipo técnico de orientación y la Dirección del COIE.
Incorporarse a su Centro de adscripción en el plazo establecido en la presente convocatoria.
Su régimen de dedicación será de 25 horas semanales, distribuidas por la Dirección del COIE en horario de mañana y/o de tarde, según las necesidades del servicio, o en la proporción que la misma determine en la modalidad de teletrabajo, en su caso.
Solicitar autorización del órgano convocante para cualquier ausencia temporal o renuncia por parte del interesado al disfrute de la beca siempre que no perjudique los fines de la misma.
Comunicar a la Dirección del COIE la renuncia, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la obtención de los objetivos de la beca en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha en que se produzcan.
Someterse a las actuaciones de comprobación y control que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información le sea requerida.
Mantener la debida discreción sobre aquellos asuntos, datos e informaciones de los que tengan conocimiento como consecuencia del disfrute de la beca, sin que puedan hacer uso de los mismos para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.
SÉPTIMA.- RÉGIMEN JURÍDICO E INCOMPATIBILIDADES
Bases reguladoras de las becas.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Estatutos de la UNED
Las demás normas reglamentarias que resulten de aplicación.
7.1. El disfrute de estas becas, al amparo de esta convocatoria, es incompatible con cualquier otra ayuda de análoga naturaleza y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, así como con la realización de actividades profesionales o empresariales en el sector público.
7.2. La concesión y disfrute de la beca no establece ninguna relación laboral o estatutaria entre las personas beneficiarias y la UNED, ni supone por parte de ésta compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporación a la plantilla de la misma.
OCTAVA.- RENUNCIAS E INCUMPLIMIENTOS
8.1. Se considerarán renuncias, que comportarán la finalización de las becas, las que se produzcan dentro del plazo de incorporación, por falta de subsanación de la falta o aporte de la documentación preceptiva, las debidas a la no incorporación al Centro de adscripción tras una interrupción justificada y las solicitadas a instancia de los beneficiarios con, al menos, quince días de antelación.
8.2. El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en la presentes bases y demás normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente resolución de adjudicación, dará lugar a la apertura de un expediente, de cuya tramitación, previa audiencia del interesado, podrá derivarse la revocación de la beca concedida y la obligación, en su caso, de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los intereses de demora correspondientes.
NOVENA.- RECURSOS
Contra la resolución de adjudicación de estas becas, cabe interponer recurso de alzada ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BICI de la UNED.
DÉCIMA.- IGUALDAD DE GÉNERO
Conforme al valor asumido por la UNED sobre la igualdad de género, todas las denominaciones que en esta convocatoria se efectúan en género masculino, se entenderán hechas indistintamente en género femenino cuando el sexo del titular así lo requiera.
El impreso de solicitud se encuentra en la siguiente dirección: http://www2.uned.es/bici/Curso2016-2017/170110/becascoiesolicitud.pdf